Proyecto de “desnotarización” es aprobado por la Cámara y se convertirá en ley

(*fuente https://msgg.gob.cl/)
La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto de “desnotarización”. Esta iniciativa modifica varias leyes y tiene como objetivo simplificar más de 20 trámites, en los que se requerirá firma electrónica avanzada o clave única, en lugar de un documento notarial. Además, elimina formalidades innecesarias en trámites específicos, lo que reducirá la burocracia en los procedimientos administrativos.

En esa línea, el Seremi de Gobierno, Juan Sebastián Guerra, destacó los beneficios de esta iniciativa, afirmando que “esta noticia es positiva en general para la reducción de burocracia para la ciudadanía, especialmente emprendedores y pequeñas empresas, y también es una medida concreta que avanza hacia una reforma más estructural al sistema de notarios y conservadores, que actualmente se está tramitando en el Senado”.

El seremi de Justicia y Derechos Humanos de Los Ríos, Esteban Matus Flores, agregó que “con esta ley se reducen una cantidad de trámites significativos que incluían la participación de notarios en la gestión de ellos, específicamente en procedimientos administrativos y sustituyéndolos por declaraciones simples o por firma digital avanzada. Además, impone a la Administración pública la obligación de eximir de cualquier exigencia notarial, salvo en aquellos casos que expresamente la ley lo establezca”.

Finalmente, Alejandra Vásquez, Seremi de Economía, Fomento y Turismo, destacó que “el proyecto de desnotarización es una medida que está dentro del marco de la “Agenda de Productividad” que como Ministerio estamos impulsando, y que busca generar las condiciones necesarias para impulsar un crecimiento mayor de la economía del país por medio de un trabajo interministerial. En este ámbito, es relevante destacar la Firma Electrónica Avanzada, mecanismo que facilita de forma segura y oportuna la tramitación de diversas instancias, especialmente en este contexto de reactivación en el que nos encontramos, donde, especialmente las MiPymes, requieren de nuevos insumos que consoliden su funcionamiento”.

¿Qué trámites se verán modificados?

Según detalló la Cámara Baja, se eliminará el requisito de reducir instrumentos a escritura pública o de autorizarlos ante notario cuando no sea estrictamente necesario en los siguientes casos:

Permisos de alteración y de edificación de viviendas económicas.
Concesión de servicio público de distribución de gas.
Poder suplente de agente de aduanas.
Delegación de facultad del deudor para absolver posiciones en el procedimiento concursal.
Nombramiento del Comité de administración del condominio o acuerdo de administración conjunta de dos o más condominios.
Enajenación de cuotas de participación de las cooperativas de vivienda.
Contrato de representación en propiedad intelectual y transferencia de derechos de autor.
Resoluciones de concesiones eléctricas, solicitudes de pescadores artesanales en una misma área de manejo y varias materias relacionadas al Código de Aguas.
Certificado de la liga profesional que otorga carácter de socia a Sociedades Anónimas Deportivas.
Declaración jurada para cancelación de registro a la Superintendencia de Salud.
Documentos probatorios de requisitos de ingreso a la administración del Estado.

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