(*)La Firma Electrónica es una herramienta tecnológica que permite identificar fehacientemente al autor del documento suscrito, al mismo tiempo que garantiza la integridad de la información contenida en el escrito, haciéndolo irrepudiable. De esta manera, los documentos firmados electrónicamente tienen el mismo reconocimiento, protección y valor con que gozan los actos y contratos celebrados en soporte de papel. La Firma Electrónica Simple y Avanzada se encuentra regulada en Chile por la Ley 19.799, promulgada el año 2002 y patrocinada por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a través de la Subsecretaría de Economía.
El no repudio o irrenunciabilidad es un servicio de seguridad que permite probar la participación de las partes en una comunicación. Existirán por tanto dos posibilidades:
▪️No repudio en origen: El emisor no puede negar que envió porque el destinatario tiene pruebas del envío.
▪️No repudio en destino: El receptor no puede negar que recibió el mensaje porque el emisor tiene pruebas de la recepción.
La posesión de un documento y su firma digital asociada será prueba efectiva del contenido y del autor del documento.
(*) fuente
https://www.dictuc.cl/conformidad/verifica/firma-electronica-avanzada/
https://www.entidadacreditadora.gob.cl/preguntas-frecuentes/)
¿Qué significa No Repudio o Irrenunciabilidad?
